...de circulación, sí necesitan luces, y una plaquita con las especificaciones, no pueden superar los 25 km/h por diseño ni ir más lentos que 6 km/h. Y tienen determinadas condiciones de capacidad de batería y entrega de potencia.
Y luego están los L1e-B, que son un cajón de sastre para lo que "no pueda clasificarse con arreglo a los criterios de vehículos". Son un tipo de ciclomotor y, por tanto, DEBEN estar homologados, matriculados, el conductor ha de tener permiso en regla, debe usar casco, etc.
Si le pones a la bici un 'puño' y la conviertes en vehículo ciclomotor, tienes que homologarla.
@xorsch @ArenseJurado
No es que no se pueda convertir una bici en un ciclomotor de tipo L1e-B. Es que hay que homologarla, matricularla, pasarla la ITV, sacarse el carnet de ciclomotor, ponerle luces, ponerle intermitentes, llevar casco, ampliarle la potencia (si tiene motor), ampliarle la batería (si la tiene).
Vamos, convertirla en un ciclomotor. Y eso vale más que comprar un ciclomotor.