Se confirma por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea algo que ya se sabía pero que no había quedado por escrito:
Las #bicicletas de pedaleo asistido NO son vehículos automóviles, y NO están obligadas a contratar un seguro de responsabilidad civil.
¿Por qué? Según el TJUE (y cualquier persona que sepa algo de física), "no parecen capaces de causar a terceros daños corporales o materiales comparables, por su gravedad o su cantidad, a los que puedan causar las motocicletas, los automóviles, los camiones u otros vehículos que circulan por el suelo, accionados exclusivamente por una fuerza mecánica".
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/?uri=CELEX:62022CJ0286
Los que por fabricación no superen los 25 km/h son formalmente Vehículos de Movilidad Personal, y no están obligados a un seguro por legislación europea o española, aunque algunas ciudades pueden pedirlo. En Madrid, por ejemplo, o en Valencia.
Los patinetes eléctricos que por fabricación superen los 25 km/h son formalmente ciclomotores y ya estaban obligados previamente. Esos tienen que tenerlo siempre.
@espanabizarra A mandar :)
@espanabizarra (Es mejor evitar llamar a estos objetos 'patinetes' porque por ese nombre no encontrarás nada en ninguna legislación) xD