Esto es un melón importante.
Por ejemplo, lo de los 25 km/h es una barrera ineludible. Ya estaba así regulado desde hace años, por cierto, no es nuevo. Y no tiene nada que ver velocidad con potencia, como confunde el artículo.
El doble sistema de frenado solo afecta a una minoría de VMP, que por sus características son bastante peligrosos para usuarios que no hagan algún curso formativo (y no existe aún, ni se le espera).
El tema de la altura mínima del manillar es una cuestión de seguridad en estabilidad.
No hay nada en esa norma que no sea bastante coherente. Y se aplicará en cuatro años, no ahora.
@pnc A mí los VMP me encantan. Pero no todos los modelos son igual de seguros.
Que por cierto, ya en 2021 se definían y se dejó claro que la DGT regularía al respecto. Cero sorpresa, los VMP estaban en un limbo.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826#:~:text=Art%C3%ADculo%2022%20bis.%20Veh%C3%ADculos%20de%20movilidad%20personal.
Hasta cierto punto, porque ya se prohibían velocidades por diseño de más de 25 km/h, se prohibían expresamente dos o más ocupantes.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826#:~:text=Veh%C3%ADculo%20de%20movilidad%20personal